Martes
8 de Diciembre del 2015
Los
ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea (UE) adoptaron hoy el
intercambio automático de información a partir de 2017 sobre las polémicas
resoluciones tributarias, que a menudo ofrecen ventajas fiscales a
multinacionales como ha destapado el escándalo "LuxLeaks".
La
directiva obligará a los Estados miembros a intercambiar información
automáticamente sobre los pactos fiscales y los acuerdos de precios de
transferencia que cierren, renueven o modifiquen con empresas a partir de 2017.
Antes
de esa fecha, también se compartirán los pactos emitidos, renovados o
enmendados entre 2012 y 2013, aún vigentes en 2014, así como los emitidos,
renovados o enmendados entre 2014 y 2016, sean o no válidos aún.
Las
resoluciones tributarias son aplicadas por muchos Estados miembros y en sí no
constituyen un problema legal, pero sí moral y ético, al ser confidenciales y
servir a las empresas para solicitar por adelantado a un país conocer qué
tratamiento fiscal se les va a aplicar y obtener a menudo ventajas.
El
caso "LuxLeaks", que afectó al presidente de la Comisión Europea
(CE), Jean-Claude Juncker, en su primera semana de mandato, se remonta a los
años en los que el presidente de la Comisión encabezaba el Gobierno de
Luxemburgo.
Este
país impulsó acuerdos secretos fiscales con multinacionales como Pepsi, IKEA o
Deutche Bank, que permitieron a las empresas rebajar al mínimo los impuestos.
En
virtud de la nueva directiva, los Estados miembros que reciban los datos en el
intercambio automático podrán además pedir información adicional.
La
CE podrá establecer un "directorio seguro central" donde se
almacenará la información intercambiada y al que todos los países miembros
tendrán acceso, así como el Ejecutivo comunitario, pero éste solo para utilizar
los datos necesarios para asegurar que se aplican bien las normas.
Los
países miembros tendrán la posibilidad de excluir del intercambio automático de
información las resoluciones y los acuerdos de precios de transferencia
concedidos a empresas con unos ingresos anuales menores de 40 millones de euros
a nivel de grupo, si esos pactos fueron otorgados, enmendados o renovados antes
del 1 de abril de 2016.
No
obstante, esa excepción no se aplicará a compañías que se dedican
principalmente a actividades financieras o de inversión.
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